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Cataluña legitimiza la okupación mediante una nueva ley

Cataluña legitimiza la okupación mediante una nueva ley, después de que el Tribunal Constitucional la declarase inconstitucional

El pasado año, el decreto ley de Vivienda impulsada por la Generalitat de Cataluña fue denegada por el propio Tribunal Constitucional, ya que en dicha legislación se obligaba a los grandes tenedores a aportar un arrendamiento a aquellos grupos vulnerables, independientemente de si la vivienda se ocupase de forma ilegal.

El sector se pronunció respecto a esto, afirmando que el decreto ley legitimizaba la okupación. Ante esto, el Partido Popular presentó un recurso en el que se representaba la posición de los propietarios. Dicho recurso llevó al Tribunal Constitucional a denegar la ley catalana, ya que sus medidas, para ser aprobadas, tendrían que formar parte de un nivel mayor de norma.

Esta anulación del Tribunal Constitucional ha llevado al Gobierno catalán a presentar de nuevo la normativa de vivienda en formato ley para cumplir con las exigencias de la institución jurídica. El Parlamento catalán obtuvo el amparo de los partidos independentistas, los comunes y el PSC.

Ciudadanos y el Partido Popular decidieron abstenerse, ya que no se aceptó su petición de que el Consejo de Garantías Estatutarias estudiase la legislación, después de que esta institución declarase inconstitucional el primer decreto ley, debido a que no se garantizaba los derechos de los propietarios a obtener sus inmuebles de vuelta tras la ocupación. Vox fue el único partido que se posicionó en contra.

A las afirmaciones del Consejo de Garantías Estatutarias, se unió el TC para condenar la legislación por falta de racionalidad y por vulnerar los derechos de los dueños. Mientras tanto, los partidos a favor de la normativa presionan al Govern para aprobar definitivamente la legislación.

Subida de la okupación y reducción de la inversión

A pesar de ello, los partidos a favor de la norma continúan el camino hacia su aprobación, aunque dicha ley obligue a los dueños a brindar un alquiler social a aquellas personas pertenecientes a grupos vulnerables, que ocupen ilegalmente la vivienda. Además, con esta normativa, el concepto de gran propietario sufre modificaciones. Dentro de este término, se incorporarán aquellas personas jurídicas que sean propietarios de más de 10 inmuebles (el límite máximo antes era de 15), mientras que en las personas físicas, se mantendrá en 15 viviendas, al igual que se estipula en la norma estatal.

En el caso de finalización del contrato, también se requiere brindar un alquiler social:

  • En caso de que el gran propietario sea una persona física, estará vigente durante cinco años
  • Si se trata de una persona jurídica, el número de años aumentará a siete
  • O si, por el contrario, es un fondo de inversión o banco, estará vigente durante doce años.

El nuevo paquete de medidas de la normativa catalán ha provocado que el sector inmobiliario se posicione en contra de esta, ya que aumentará la cifra de ocupaciones ilegales, al igual que decaerá la inversión en el territorio catalán.

La normativa, tal y como exponen los propietarios e inversores, causa una anomalía dentro de la legislación europea, ya que se aumenta la inseguridad jurídica en los arrendamientos y no se garantiza los derechos de los dueños.

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